Casación No. 72-2014

Sentencia del 02/10/2014

"...Con base a lo considerado, se determina que el artículo 66 incisos n) y ñ) de la Ley de Hidrocarburos, utilizado por la Sala para establecer la vinculación de los gastos con el proceso productivo y de comercialización de la entidad contribuyente, también es la norma aplicable al presente caso; razón por la cual la Sala no comete el yerro invocado, y como consecuencia, debe desestimarse el submotivo invocado..."